sábado, 15 de octubre de 2011

Comentario a la SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL


Me parece bien que el TC aya denegado este amparo ya que es una acción , que depende de mucha tutela para los derechos constitucionales , cumple una doble función: de protección al ciudadano en sus garantías fundamentales y a la propia constitución al garantizar la inviolabilidad de sus preceptos ya sea por normas generales contrarias a dichos preceptos o por actos de autoridad que vulneren el contenido de estos .Ya que el señor expresa que se le han afectado su  derecho al debido proceso administrativo y al principio de legalidad, además de los principios de razonabilidad y proporcionalida pero lo ocurrido no tiene relevancia lo que pretende ya que el decea impugnaar las  resoluciones ya dadas, ya que despues de haber cumplido un cierto tiempo de laborar tiene que pasar al retiro no tiene la calidad de sanción derivada de un proceso administrativo este hecho estaba fijado desde que el decidio servir a su país , asi que yo estoy de acuerdo con el TC.

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